
Los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, tiene disposiciones jurídicas especiales que le permiten: libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España.
Para periodos de estancia en España que no superen los 3 meses de duración, se le permite la estancia sin necesidad de documentarse, tan sólo necesitarán estar en posesión del carné de identidad o del pasaporte, emitido por su país de origen, siempre que éste se encuentre en vigor.
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